Coeducación: un derecho y un deber del profesorado (Iratxe Suberviola Ovejas)





























En ocasiones, las reivindicaciones sobre coeducación pueden ser tomadas como algo anacrónico debido, posiblemente, a un análisis superficial de la situación. Si el éxito en diferentes ámbitos como el laboral, académico, social, etcétera, es indiscutible en comparación con épocas anteriores, no se debe obviar que actualmente siguen existiendo importantes diferencias por cuestión de género. Desde un enfoque pedagógico, estas desigualdades constatan la necesidad de introducir aspectos coeducativos en la educación formal y no–formal. La totalidad del sistema educativo tiene, no sólo el derecho, sino la responsabilidad de intentar paliar a través de las prácticas educativas esta falta de equidad. 

Esta propuesta se fundamenta en evidencias empíricas que muestran la desigualdad existente entre hombres y mujeres en aspectos socio–laborales y educativos. A continuación, se exponen algunos de estos estudios. 

Introducción: Necesidad de coeducación a partir de la situación actual de las mujeres. 

La literatura existente muestra como el ámbito laboral es uno en los que más se evidencia la desigualdad por cuestión de género (DOERINGER & PIORE, 1971; GARCÍA–ARACIL, 2007; HIDALGO, PÉREZ & CALDERÓN, 2007; LARRAÑAGA, 2009; OLALLA, MORELLÓ & ÁLVAREZ, 2009). En la actualidad no existe paridad en los puestos de mayor prestigio, en los salarios de algunos puestos de trabajo, en el tipo de jornada (LÓPEZ–SABATER, 1999). Por otro lado, es indiscutible el androcentrismo y el aspecto patriarcal de las religiones, perteneciendo el liderazgo de las mismas a los hombres (SIMÓN, 2008). Además de los anteriores aspectos, también se puede apreciar la falta de corresponsabilidad en tareas no remuneradas que recaen de forma mayoritaria en las mujeres (GUTIÉRRREZ–ESTEBEN, 2006). En este sentido, en un estudio llevado a cabo en la Universidad de Sevilla sobre la conciliación laboral, familiar y personal, se ha detectó que la masiva incorporación de la mujer al trabajo asalariado no ha ido acompañada de una reformulación en la esfera doméstica y familiar, cometidos que siguen recayendo con mayor intensidad en el género femenino (ASIÁN &RODRÍGUEZ, 2011). En la tesis doctoral realizada por Postigo, M. (2006) se apunta que la igualdad plena de oportunidades en la esfera pública no podrá ser adquirida si, de forma paralela, no se producen transformaciones en la esfera privada. A pesar de que las mujeres suponen más del 50% del alumnado universitario en países democráticos y desarrollados siguen asumiendo una “doble carga” que limitan sus oportunidades y afectan a su bienestar. En lo que se refiere a la relación existente entre los estudios realizados y el ámbito laboral se puede apreciar como, por un lado, a pesar de que las mujeres alcanzan durante su paso por el sistema educativo unas calificaciones superiores a las de los varones, ellas presentan, una vez finalizados sus estudios universitarios, una tasa de desempleo mayor (BALLARÍN, 2005) y, por otro lado, la elección de estudios superiores se encuentra marcada por estereotipos, eligiendo ellas carreras menos técnicas y habitualmente menos valoradas social y económicamente (BALLARÍN, GALLAGO & MARTÍNEZ, 1995; GUTIÉRREZ–ESTEBEN, 2010; LÓPEZ–SÁEZ,1995). 

Considero que la educación, como en la mayoría de los cambios sociales importantes, representa un contexto idóneo para el progresivo avance en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. La coeducación se ha ido abriendo paso durante los últimos años a partir de experiencias que, han cuestionado los planteamientos tradicionales de un modelo educativo que confundía la igualdad de acceso a la educación, con la educación para la igualdad de oportunidades así como el respeto y
consideración mutuos. Se ha puesto de manifiesto que esa supuesta igualdad no resulta ser tal y que, todavía hoy en la escuela, perduran elementos que reproducen y perpetúan el sexismo, entendiendo éste como término para designar la desigualdad y la jerarquización en el trato que reciben las personas por su sexo, sosteniendo que los individuos pueden ser entendidos o juzgados basándose simplemente en las particularidades del grupo sexual al que pertenecen y asumiendo características homogéneas para los mismos. Si bien es cierto que el sexismo y los estereotipos comportan consecuencias negativas para todos los individuos en cuanto que limitan, tanto en hombres como en mujeres, sus posibilidades como personas y les niega determinadas actitudes, comportamientos o deseos, no es menos cierto que esto hecho se duplica en el caso de las mujeres (SUBIRATS, 1994). 

Tras el análisis de la situación actual, los docentes debemos situarnos en una posición de consciencia sobre el derecho y el deber que tenemos de introducir prácticas educativas orientadas a paliar estas desigualadas sociales, del mismo modo que, las instituciones político–educativas competentes deben legislar con objeto de que la coeducación sea introducida en los currículos escolares como un continuo y que la realidad de las prácticas educativas en las aulas sean acordes a estos principios. 

Para comprender tanto los logros alcanzados como los que están por conquistar es conveniente conocer el panorama histórico y legislativo que nos precede... ... ...

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